martes, 9 de junio de 2015

Multas

El certificado de eficiencia energética hoy en día es obligatorio en todos los contratos de compraventa y alquiler de inmuebles. Sin embargo, ¿a qué sanciones nos exponemos si no cumplimos con esta ley?

Se han estipulado multas en función del tipo de infracción. La infracción leve se basará en publicitar la venta de un eficio sin disponer del certificado, no exhibir la tarjeta de eficiencia o incumplir obligaciones de renovación o actualización. La multa de tipo grave consistirá en vender o alquilar el inmueble sin que el arrendador o vendedor entrege el certificado en vigor, o exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, entre otras. Aquellas multas de carácter mucho más grave serán cuando se falsee información, o se actúe como técnico certificador sin contar con la habilitación pertinente, entre otras.

Frente a posibles fraudes, le recomendamos que cuente con la experiencia de nuestros técnicos y arquitectos especializados en la certificación de eficiencia energética. Recuerde que estamos en Zaragoza y que puede solicitar presupuesto online.
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